Luces Estroboscópicas para Alarma de Incendio

Instalar luces estroboscópicas para cumplir con el Código Nacional de Señalización y Alarmas contra Incendios NFPA 72, simplemente usando una combinación de dispositivos audibles y visibles en todos los lugares donde uno u otro se muestra en los planos no es la manera correcta de hacerlo.

En el ámbito de la seguridad contra incendios, la correcta instalación de los dispositivos de notificación visibles, como las luces estroboscópicas, es fundamental.

Estos elementos son esenciales para garantizar una evacuación segura y eficiente en caso de emergencia. En este artículo, nos centraremos en los requisitos de las luces estroboscópicas y su correcta ubicación según la norma NFPA 72.

Debería ser obvio que si sigue este método de «cumplimiento», tendrá una cantidad incorrecta de dispositivos audibles o una cantidad incorrecta de dispositivos visibles. Cada uno de estos aparatos se rige por normas distintas.

El rendimiento, la ubicación y el montaje de los dispositivos de notificación como luces estroboscópicas utilizadas para informar, iniciar o dirigir la evacuación o reubicación de los ocupantes se encuentra en el Capítulo 18 de NFPA 72 2019, Código Nacional de Alarmas de Incendio y Señalización.

Las luces estroboscópicas de alarma contra incendios tienen requisitos específicos basados ​​en el tamaño de la habitación y la salida de luz estroboscópica.

Al igual que con los dispositivos de notificación audibles, los dispositivos de notificación estroboscópica deben estar diseñados para proporcionar señalización en modo público o privado.

Los requisitos de rendimiento para los dispositivos de luz estroboscópica visible comienzan con UL 1971, de modo que los diseñadores, instaladores y autoridades con jurisdicción solo necesitan asegurarse de que las luces estroboscópicas cumplan con este estándar UL.

Historia de las Luces Estroboscópicas

Las luces estroboscópicas han sido utilizadas como dispositivos de notificación de incendios desde la década de 1980. Originalmente, su propósito era ser ubicadas cerca de las salidas para ayudar a los ocupantes a salir del edificio en caso de incendio. Sin embargo, con la entrada en vigor de la Ley de Americanos con Discapacidades (ADA) en 1990, el propósito principal de las señales visibles cambió para proporcionar una señalización igualitaria para aquellos que son sordos o tienen dificultades auditivas.

Requisitos de la ADA y la NFPA 72

Inicialmente, hubo cierta confusión sobre dónde se podían instalar las luces estroboscópicas.

La ADA no permitía las luces estroboscópicas en el techo, ya que el humo podría ocultar una luz estroboscópica a la vista.

Tenían que estar a 80 pulgadas por encima del suelo o a 6 pulgadas por debajo del techo, lo que fuera más bajo.

Esto es lógico en un área de dormir, pero no en todos los lugares. La ADA también requería un mínimo de 75 candelas en un área de 50 pies por 50 pies.

Por lo tanto, obviamente, hubo algunos conflictos con los requisitos de luz estroboscópica de la NFPA 72.

Desde que la ADA fue enmendada en 2009, ahora dice que se deben instalar según la NFPA 72.

¿Dónde debo instalar luces estroboscópicas de alarma contra incendios?

Las pautas de NFPA 72 establecen que los ocupantes de un edificio deben ser notificados mediante un dispositivo de notificación visual, ya sea directa o indirectamente.

En consecuencia, no necesita estar frente a una luz estroboscópica de alarma contra incendios directamente, desde todas las orientaciones posibles, en todo momento. La cobertura indirecta ocurre cuando las paredes, los pisos y los muebles reciben suficiente luz para advertir a las personas en su entorno.

La legislación sobre incendios y los documentos legales, como NFPA 72 y ADA, indican que las áreas públicas requieren la instalación de luces estroboscópicas.

Si es así, debería ver este tipo de dispositivo en pasillos, vestíbulos, baños, aulas, cafeterías, salas de conferencias y otros espacios públicos. En caso de emergencia, una persona con discapacidad auditiva debe estar al tanto de lo que está sucediendo, para buscar la salida más cercana.

Dormitorios

Para las áreas de dormir, NFPA 72 requiere la instalación de luces estroboscópicas de alarma contra incendios con una intensidad de 110 candelas, al menos a 24 pulgadas del techo. Sin embargo, en las áreas que no son para dormir, debe instalar luces estroboscópicas a seis pulgadas del techo. El tamaño de la habitación determina el número ideal de luces estroboscópicas.

Pasillos

Cuando se habla de pasillos y pasillos , NFPA 72 requiere la instalación de luces estroboscópicas de manera que puedan ser visibles desde cualquier lugar. Los dispositivos no deben estar a más de 100 pies de distancia entre sí y deben estar dentro de los 15 pies del final del pasillo.

Es responsabilidad del diseñador documentar las habitaciones y espacios que tendrán luces estroboscópicas y aquellas donde no habrá luces estroboscópicas (por ejemplo, habitaciones de pacientes de hospitales).

Áreas de Alto Ruido

El área de cobertura requerida para la notificación visible a los ocupantes será la requerida por otras leyes, códigos o normas vigentes. Sin embargo, NFPA 72 requiere notificación a los ocupantes mediante señalización visible en áreas de alto ruido, donde las señales audibles serían ineficaces.

Áreas de atención Médica

En ocupaciones tales como instalaciones de atención médica, la señalización está destinada solo para el personal o las fuerzas de emergencia y solo tendrá que ser efectiva en ubicaciones específicas, como una estación de enfermería.

Excepto por algunas ocupaciones, como los grupos de uso de atención médica y ensamblaje, diseñará para la notificación en modo público en todas las áreas ocupables del edificio.

Altura de Montaje de las Luces Estroboscópicas

Los requisitos de señalización visible en el Capítulo 18 de la NFPA 72 son relativamente fáciles de seguir, pero pueden ser un poco confusos. Recuerde que los códigos de construcción y de incendios dictan si se requieren o no las luces estroboscópicas.

La NFPA 72 nos indica cómo instalar correctamente las luces estroboscópicas requeridas.

Permite que las luces estroboscópicas se instalen en el techo hasta una altura de 30 pies, o en la pared entre 80 y 96 pulgadas.

Según el Anexo A de la NFPA 72, 

La altura de montaje de los dispositivos afecta el patrón de distribución y el nivel de iluminación producida por un dispositivo en superficies adyacentes.

Es este patrón, o efecto, el que proporciona la notificación a los ocupantes mediante dispositivos visibles. Si se monta demasiado alto, el patrón es más grande, pero a un nivel más bajo de iluminación (medido en lúmenes por pie cuadrado o pie-velas).

    Si se monta demasiado bajo, la iluminación es mayor (más brillante) pero el patrón es más pequeño y podría no superponerse correctamente con el de los electrodomésticos adyacentes.

Un diseñador calificado podría optar por presentar los cálculos a una autoridad que tenga jurisdicción que demuestre que es posible utilizar una altura de montaje superior a 96 pulgadas (2,44 metros) o inferior a 80 pulgadas (2,03 m), siempre que un nivel de iluminación equivalente se logra en las superficies adyacentes.

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Esto se puede lograr mediante el uso de aparatos de mayor intensidad listados o espacios más cercanos, o ambos.

Recuerde que los cálculos de ingeniería deben ser preparados por personas calificadas y deben presentarse a la autoridad competente (AHJ), mostrando cómo la variación propuesta logra el mismo o mayor nivel de iluminación proporcionado por los requisitos prescriptivos del código.

La NFPA 72 2019 requiere que los dispositivos visibles montados en la pared se monten, de manera que la lente completa no esté a menos de 80 pulgadas y no más de 96 pulgadas sobre el piso terminado.

O también puede usarse la altura de montaje especificada usando la alternativa basada en el rendimiento descrita anteriormente y en el Anexo A donde las alturas bajas del techo no permiten el montaje en la pared a un mínimo de 80 pulgadas.

Los artefactos visibles montados en la pared deben montarse dentro de las 6 pulgadas del techo.

El tamaño de la habitación cubierto por una luz estroboscópica de un valor dado debe reducirse en dos veces la diferencia entre la altura mínima de montaje de 80 pulgadas y la altura real de montaje más baja.

Al espaciar en habitaciones, el aparato visible debe estar de acuerdo con NFPA 72 2016, Tabla 18.5.5.4.1 (a) y Figura 18.5.5.4.1 o Tabla 18.5.5.4.1 (b). Los dispositivos de notificación visibles deben instalarse utilizando uno de los siguientes requisitos:

Tabla 185571a

“(1) Un único dispositivo de notificación visible.

«(2) Dos grupos de dispositivos de notificación visibles, donde los dispositivos visuales de cada grupo están sincronizados, en la misma habitación o espacio adyacente dentro del campo de visión. La sincronización de luces estroboscópicas incluye aquellas operadas por sistemas separados».

Los requisitos de sincronización de la luz estroboscópica no se aplican cuando los dispositivos de notificación visibles dentro del edificio se ven desde el exterior del edificio.

Hay dos métodos de señalización visible. El primero es donde se transmite la notificación de una condición de emergencia mediante la visualización directa del dispositivo de iluminación. El segundo es mediante la iluminación del área circundante.

El código requiere que se ubiquen dispositivos de notificación visibles en modo público y de un tipo, tamaño, intensidad y número para que los espectadores lo vean independientemente de su orientación.

Como establece el Anexo A, “Es posible que no se requieran dispositivos visibles para la señalización de emergencia o incendio en todas las habitaciones o espacios.

Por ejemplo, un sistema que se utiliza para la notificación general a los ocupantes no debería requerir una señalización visible en los armarios y otros espacios que no se consideran áreas ocupables.

Sin embargo, un espacio del mismo tamaño usado como sala de archivos podría considerarse ocupable y debería tener cobertura mediante dispositivos de notificación».

Es recomendable diseñar primero el sistema de alarma contra incendios para los dispositivos audibles para garantizar el cumplimiento del código y luego diseñar la ubicación de la señal visible.

Cuando encuentre que hay uno de cada tipo de aparato cerca uno del otro, cambie esas unidades a aparatos combinados audibles / visibles. Nunca asuma que el uso de unidades combinadas para todo el edificio cumple con el código. Este método deja algunas áreas no conformes para un tipo de dispositivo.

Aquí tienes un resumen en forma de tabla de los requisitos de montaje de las luces estroboscópicas según la NFPA 72:

Ubicación de MontajeAltura de MontajeObservaciones
TechoHasta 30 piesLas luces estroboscópicas en el techo son menos propensas a ser obstruidas y ofrecen una mejor distribución de la luz en espacios con cubículos o divisiones.
ParedEntre 80 y 96 pulgadasLas luces estroboscópicas en la pared deben estar a una altura que permita su visibilidad, pero también deben cumplir con los requisitos de la ADA.
CorredorSegún el método de visualización (directa o indirecta)La NFPA 72 permite el uso de visualización directa o indirecta en los corredores. La visualización indirecta puede reducir el número de luces estroboscópicas que deben instalarse.
HabitaciónDepende del uso de la habitaciónEs importante considerar el uso de la habitación antes de decidir cuántas luces estroboscópicas se necesitan.

Por favor, ten en cuenta que esta tabla es un resumen y no cubre todos los detalles de la norma NFPA 72. Te recomiendo que consultes la norma completa para obtener información más detallada.

Desafíos Comunes

Uno de los desafíos es que debes poder ver directamente cada luz estroboscópica; sin embargo, la visualización directa solo es para instalaciones de corredores. La visualización indirecta (luz reflejada de las superficies) se utiliza en todas partes.

La NFPA 72 ahora permite usar la visualización directa o indirecta en los corredores. Usar el método de visualización indirecta puede reducir posiblemente el número de luces estroboscópicas que deben instalarse.

Por ejemplo, en un corredor de 40 pies de largo, usando el método de visualización directa requeriría un mínimo de una luz estroboscópica de 15 candelas a 15 pies de cada extremo del corredor, pero con el método de visualización indirecta, se podría instalar una luz estroboscópica de 60 candelas en el punto medio del corredor. Ambos métodos son aceptables.

Otra área problemática radica en colocar las luces estroboscópicas dentro de una habitación. Siempre es una buena idea tratar de averiguar para qué se utilizará la habitación antes de decidir cuántas se necesitan.

Es posible que pueda instalar solo una, pero en función de lo que estará en la habitación, puede ser necesario instalar más de una.

Conclusión

La ubicación de la luz estroboscópica también es importante. Supongamos que tiene una habitación de 20 pies por 20 pies. Según el Capítulo 18, podría cubrir toda la habitación con una luz estroboscópica de 15 candelas si se instala en el punto medio de una de las paredes. Si lo mueve 5 pies a un lado, el área de cobertura cambia.

En resumen, la correcta instalación y ubicación de las luces estroboscópicas es esencial para garantizar una señalización adecuada en caso de incendio. Siguiendo las directrices de la NFPA 72, podemos asegurar que estos dispositivos de notificación visibles se instalen de manera que proporcionen la máxima eficacia y seguridad.


Preguntas Frecuentes

¿Qué es la NFPA 72?

La NFPA 72 es la Norma Nacional de Alarmas de Incendio y Señalización, publicada por la Asociación Nacional de Protección contra Incendios (NFPA). Esta norma proporciona los códigos y estándares más recientes para la instalación, inspección y mantenimiento de sistemas de alarma de incendios.

¿Qué son las luces estroboscópicas?

Las luces estroboscópicas son dispositivos de notificación visibles utilizados en sistemas de alarma de incendios. Emiten destellos de luz para alertar a las personas sobre una emergencia.

¿Dónde se deben instalar las luces estroboscópicas según la NFPA 72?

Según la NFPA 72, las luces estroboscópicas pueden instalarse en el techo hasta una altura de 30 pies, o en la pared entre 80 y 96 pulgadas.

¿Cómo afecta la Ley de Americanos con Discapacidades (ADA) a la instalación de luces estroboscópicas?

La ADA establece que las luces estroboscópicas deben estar a 80 pulgadas por encima del suelo o a 6 pulgadas por debajo del techo, lo que sea más bajo. Sin embargo, desde que la ADA fue enmendada en 2009, ahora dice que se deben instalar según la NFPA 72.

¿Cómo se determina la cantidad de luces estroboscópicas necesarias en una habitación o corredor?

La cantidad de luces estroboscópicas necesarias depende de varios factores, incluyendo el tamaño del espacio, la altura de montaje de las luces, y si se utiliza la visualización directa o indirecta. La NFPA 72 proporciona directrices detalladas para determinar la cantidad de luces estroboscópicas necesarias.

¿Qué es la clasificación de candelas?

La clasificación de candelas es una medida de la intensidad luminosa de una luz estroboscópica. La NFPA 72 establece requisitos específicos para la clasificación de candelas de las luces estroboscópicas en función del tamaño y la ubicación del espacio que están diseñadas para cubrir.

Felipe Argüello
Felipe Argüello

Felipe Argüello es el fundador de Infoteknico. Ingeniero con más de 30 años de experiencia trabajando en América Latina, Estados Unidos y Europa en las áreas de ingeniería, consulta técnica, proyectos, ventas y entrenamiento en soluciones de alta tecnología y seguridad electrónica.

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