Casi 30 años después de su aprobación, la ADA o Ley de Estadounidenses con Discapacidades (The Americans with Disabilities Act) ha mejorado las vidas de millones de personas; sin embargo, algunas de sus reglas de accesibilidad pueden ser confusas para los propietarios de edificios y los administradores de instalaciones que deben cumplir con la ley.
Sin embargo, los requisitos son relativamente sencillos para la colocación de extintores de incendios y estaciones manuales de alarmas contra incendios.
En este artículo, explicamos cómo los requisitos de la ADA permiten que las personas con discapacidades visuales y los usuarios de sillas de ruedas puedan viajar de manera segura a través de un edificio y defenderse cuando se produce un incendio.
También observamos cómo la ADA afecta la altura del extintor de incendios y la ubicación de las estaciones manuales, así como otras reglas diseñadas para garantizar que las personas en sillas de ruedas puedan hacer un uso completo de estos dispositivos que salvan vidas.
La Ley de Estadounidenses con Discapacidades proporciona reglas de diseño exigibles para la mayoría de los edificios públicos y privados, con algunas excepciones
Desde 1990, la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA) ha prohibido la discriminación contra las personas con discapacidades. En el empleo, la educación, el transporte y la vida cotidiana, la ADA marcó un alejamiento del almacenamiento o la infantilización de personas con discapacidades.
La ley establece una amplia gama de derechos diseñados para facilitar la participación plena en el empleo y la vida pública, como lo explica este video de tres minutos de Twin Cities PBS de Minnesota: https://youtu.be/ckJbZk1A9-0
La ADA se divide en grandes secciones conocidas como títulos. El Título II se aplica a los servicios gubernamentales, que cubren edificios que van desde escuelas hasta tribunales e incluso lugares de votación.
El Título III regula los negocios privados, llamados alojamientos públicos, que están abiertos al público. Todas las construcciones nuevas y las modificaciones en estas instalaciones deben diseñarse de acuerdo con las últimas normas de ADA, y todos los edificios existentes clasificados como alojamientos públicos deben cumplir con ADA. Las instalaciones públicas bajo la ADA incluyen , pero no se limitan a:
- Hoteles
- Los restaurantes
- Salas de cine
- Lavanderías
- Guarderías
- Farmacias
- Consultorios médicos
La ADA hace excepciones para los lugares de culto y otras instalaciones propiedad de organizaciones religiosas o clubes privados, incluidas las escuelas o guarderías infantiles controladas por entidades religiosas.
Fundamentalmente, la vivienda residencial privada no está cubierta por la ADA. Si bien algunos tipos de apartamentos, condominios y otras instalaciones de viviendas multifamiliares están sujetas a otras leyes, en particular la Ley de Vivienda Justa, la ADA solo se aplica a determinadas partes de edificios residenciales, como espacios comerciales u oficinas de alquiler, que actúan como alojamientos públicos.
El Departamento de Justicia (DOJ, por sus siglas en inglés), que desarrolla y aplica las regulaciones que completan la ADA, ha publicado las reglas para los edificios de hoy a través de los Estándares ADA de 2010 . Un conjunto similar de normas emitidas por el Departamento de Transporte se aplica a las instalaciones utilizadas para proporcionar transporte público.
Para obtener una introducción autorizada y fácil de leer de la ADA, consulte la Guía de acceso a los estándares de la Junta de acceso de los Estados Unidos .
Las normas ADA limitan la cantidad de objetos montados de todo tipo que pueden sobresalir en las rutas de circulación
No hay requisitos de ADA para la alarma contra incendios ni la altura del extintor de incendios oficial de ADA. Sin embargo, hay reglas que gobiernan la colocación de todos los objetos sobresalientes, sin importar su función, para acomodar a las personas ciegas y con discapacidad visual.
Las Pautas de Accesibilidad ADA de 2010 del Departamento de Justicia requieren que los objetos que sobresalgan de una pared se coloquen lo suficientemente alto como para que una persona con discapacidad visual no se golpee con la cabeza, pero lo suficientemente baja para que pueda detectarla con un bastón.
Los objetos que sobresalen entre estas dos alturas (más de 27 pulgadas, pero menos de 80 pulgadas) se encuentran en la zona de peligro. Con la excepción de las barandillas, los objetos en la zona de peligro deben atenerse a cabo no más de 4 pulgadas en la pasarela. Pero si alguna parte de ese objeto se encuentra en la zona de detección de bastón de 27 pulgadas, puede sobresalir cualquier cantidad en la pasarela.
Estas pautas se aplican a las «rutas de circulación», que incluyen pasillos interiores y exteriores, pasillos, elevadores e incluso patios, no solo las rutas accesibles que se proporcionan específicamente para personas con discapacidades. Sin embargo, los objetos sobresalientes no deben reducir el ancho de una ruta accesible por debajo de un mínimo (generalmente, 36 pulgadas).

Los objetos que se pueden detectar con un barrido de bastón o que están instalados al menos a 6 pies, 8 pulgadas sobre el piso pueden sobresalir más de 4 pulgadas. Fuente: Junta de Acceso de Estados Unidos
Esta proyección de 4 pulgadas no siempre se mide desde la pared. Cuando dos objetos sobresalientes se colocan uno encima del otro, uno en el rango de 27 pulgadas de un barrido de caña, otro en la zona de peligro, el objeto superior puede proyectarse hasta el objeto inferior y 4 pulgadas más.

Los objetos en la zona de peligro pueden sobresalir más de 4 pulgadas de la pared cuando se combinan con objetos detectables por barrido de caña. Fuente: Junta de Acceso de Estados Unidos
Las opciones de colgar y la altura del extintor de incendios están determinadas parcialmente por las reglas sobre objetos salientes
Los extintores de incendios generalmente se cuelgan en ganchos o en gabinetes montados en la superficie a la vista y al alcance de los ocupantes de un edificio. Como hemos discutido en nuestro artículo sobre cuándo y dónde deben instalarse los extintores de incendios, los códigos de incendios de hoy en día requieren que los extintores se cuelguen en las siguientes alturas:
- Extinguidores que pesan 40 libras o menos: la parte superior no debe medir más de 5 pies (60 pulgadas) y la parte inferior no debe estar a menos de 4 pulgadas del piso
- Extinguidores que pesan más de 40 libras: la parte superior no debe medir más de 3 1/2 pies (42 pulgadas) y la parte inferior no debe estar a menos de 4 pulgadas del piso
Si bien no hay una altura fija de extintor de incendios ADA, a los administradores de las instalaciones solo les quedan unas pocas opciones de montaje o suspensión que cumplen tanto con la ADA como con la mayoría de los códigos de incendios actuales:
- Instale el extintor en la zona de peligro usando un gabinete empotrado que sobresalga no más de 4 pulgadas
- Monte el extintor en un gancho, soporte o gabinete dentro de un hueco de pared suficientemente profundo
- Cuelgue el extintor con un gabinete, soporte o gancho de manera que la base del extintor tenga una altura inferior a 27 pulgadas pero a más de 4 pulgadas del suelo
En teoría, un extintor de incendios con un diámetro lo suficientemente pequeño podría colgar de un soporte de montaje dentro de la zona de peligro. Sin embargo, los extintores de 5 libras regularmente exceden las 4 pulgadas de diámetro, y los extintores de incendio de 2 1/2 libras pueden no tener suficiente agente de extinción para cumplir con los requisitos del código de incendios.
La colocación de extintores de incendios y gabinetes de extintores parcialmente dentro de la zona de barrido de caña permite la instalación de gabinetes que sobresalgan tanto como sea necesario sin representar un riesgo para las personas con discapacidades visuales, aunque esta ubicación no es ideal para usuarios sin discapacidades.

Los gabinetes de extintores de incendios empotrados no representan una amenaza para los discapacitados visuales.
Sin embargo, los códigos estatales y locales pueden restringir la instalación de objetos sobresalientes incluso cuando la ADA lo permita. En particular, las jurisdicciones que adoptan una versión de NFPA 101 : Código de seguridad personal según la ley de la tierra pueden requerir que los hospitales y hogares de ancianos restrinjan la protuberancia a un máximo de 6 pulgadas y también requieran que los objetos sobresalientes se coloquen al menos 38 pulgadas por encima del piso.
Las instalaciones compatibles con ADA de estaciones manuales de alarma contra incendios y extintores de incendios deben considerar partes operables y usuarios de sillas de ruedas
Los requisitos de la ADA para manijas, interruptores y otros componentes clave de los dispositivos fijos en el lugar, conocidos como «partes operables», afectan las alturas de los extintores de incendios de ADA y los requisitos de alarma de incendio de la ADA. Las partes operables incluyen interruptores de luz, diales de termostato, interruptores en estaciones manuales de alarma contra incendios y otros dispositivos diseñados para ser utilizados por los ocupantes de un edificio. Estos requisitos aseguran que las personas en sillas de ruedas puedan utilizar el edificio de la misma manera que sus homólogos no discapacitados.
En el caso de las estaciones manuales de alarma contra incendios y los extintores instalados en un gabinete, la parte operable a menudo sería la manija. Las secciones del gabinete del extintor de incendios pueden ser más altas o más bajas que los límites establecidos en la sección de las partes operables, siempre que el asa pueda ser agarrada por una persona en una silla de ruedas.
Estas disposiciones no se aplican a partes operables de dispositivos no fijos o portátiles. Mientras que la manija de un gabinete de extintor de incendios debe colocarse a una altura específica o por debajo de ella, la manija del extintor puede colocarse fuera de estos límites.

Las alturas de montaje deben observarse cuidadosamente para garantizar que esta estación manual de alarma contra incendios cumpla con los requisitos de la ADA.
La altura de los extintores de incendios ADA y la ubicación de la estación manual de alarma contra incendios deben permitir el acceso y la facilidad de operación de los usuarios de sillas de ruedas
La ADA proporciona dos formas de hacer que las partes operables sean accesibles para los usuarios de sillas de ruedas: a través de un alcance hacia adelante o un alcance lateral.
En un alcance hacia delante, el usuario de la silla de ruedas se aproxima al objeto de frente. Si el camino hacia la estación manual o extinción de incendios compatible con ADA no está obstruido, la parte operable debe colocarse a una distancia de 15 a 48 pulgadas del piso o suelo terminado. Pero cuando el usuario de la silla de ruedas debe sobrepasar una obstrucción, estas alturas pueden cambiar. Si la obstrucción obliga al usuario a alcanzar 20 a 25 pulgadas hacia delante, la altura máxima permitida es de 44 pulgadas. Además, el espacio disponible para las rodillas y los pies del usuario de la silla de ruedas debe ser al menos tan profundo como la distancia que debe alcanzar.
Las alturas de los extintores de incendios de ADA y la ubicación de la estación manual de alarma consideran las necesidades únicas de los usuarios de sillas de ruedas. Esta imagen muestra las dimensiones apropiadas para un alcance hacia delante. Fuente: Junta de Acceso de Estados Unidos
Cuando una persona en una silla de ruedas puede acercarse al dispositivo con su silla de ruedas paralela a la pared, en lo que se denomina alcance lateral, la parte operable no debe estar a más de 48 pulgadas ni a menos de 15 pulgadas del suelo. Cuando el espacio del piso o el suelo está obstruido, esa obstrucción no puede ser más alta que 34 pulgadas y no más ancha que 24 pulgadas. Si la obstrucción es de diez pulgadas de ancho o menos, la altura máxima sigue siendo de 48 pulgadas. Si la obstrucción se encuentra entre 10 y 24 pulgadas, la parte operable puede colocarse a no más de 46 pulgadas del piso terminado.

Un alcance lateral. Las obstrucciones limitan la altura máxima de las partes operables en estaciones manuales y extintores compatibles con ADA. Fuente: Junta de Acceso de Estados Unidos
Una nota final: para ser compatible con ADA, los armarios de extintores de incendios, los soportes de extintores de incendios y las estaciones manuales de alarmas contra incendios también deben ser operables con una mano y abrir con una fuerza mínima, como se describe en la sección 309 de las Normas ADA del DOJ:
309.4 Operación. Las partes manejables deben ser operables con una mano y no requieren apretar, pellizcar o torcer la muñeca. La fuerza requerida para activar partes operables debe ser de 5 libras (22.2 N) como máximo.
5 libras de fuerza es una cantidad muy pequeña. Por ejemplo, la fuerza requerida para abrir suavemente una puerta de tamaño completo podría estar en un lugar cercano a las 14 libras, como se muestra en el video a continuación: https://youtu.be/7-CYPdI3t9Q